Articulo 3 información ge... de Aragón

Articulo 3 información geográfica de Aragón

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Artículo 3. Definiciones.

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A los efectos de lo establecido en esta Ley, se entiende por:

a) Actividad geográfica: el conjunto de acciones relacionadas con la gestión de la información geográfica, en el sentido más amplio de su concepto, incluyendo su elaboración, catalogación, mantenimiento, registro y difusión.

b) Cartografía: conjunto de estudios y operaciones científicas, artísticas y técnicas que intervienen, a partir de los resultados de observaciones directas o de la explotación de unos datos, en la elaboración de mapas y en su utilización.

c) Cartografía topográfica: es la que representa la morfología del terreno y los objetos naturales o artificiales con una posición determinable sobre la superficie terrestre. A su vez la cartografía topográfica puede ser básica o derivada.

d) Cartografía topográfica básica: es aquella cartografía topográfica que se obtiene por procedimientos directos de observación y medición de la superficie terrestre y sirve de base y referencia para su uso generalizado como representación gráfica de un territorio.

e) Cartografía topográfica derivada: es aquella cartografía topográfica que se obtiene por procedimientos de generalización de la información contenida en la cartografía básica.

f) Cartografía temática: es la que toma como referencia geométrica otra cartografía básica o derivada y contiene la información relativa a la distribución geográfica de fenómenos o aspectos singulares o concretos contenidos en aquellas, o añade datos espaciales específicos o especializados. Se consideran cartografía temática la aeronáutica, la geológica, la de paisaje, la hidrológica e hidrográfica, la medioambiental, la forestal, la agrícola, la ganadera, la socioeconómica, la catastral, la urbanística (en especial, la que refleja la clasificación y la calificación urbanística del suelo de acuerdo con su situación básica), la de servicios, la de infraestructuras, la arqueológica, la paleontológica, la meteorológica, la náutica, la de riesgos y cualquier otra cartografía que muestre un aspecto concreto del territorio.

g) Cartografía oficial de Aragón: es la realizada por las Administraciones Públicas o bajo su dirección y control en el territorio de su competencia, dentro de los límites geográficos de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta cartografía deberá estar hecha de acuerdo con las especificaciones técnicas y administrativas legalmente establecidas y con sujeción a la Norma cartográfica de Aragón. Para que un documento cartográfico se considere oficial, debe cumplir tres condiciones: estar realizado por la administración pública competente, cumplir las especificaciones técnicas oficiales determinadas por la norma cartográfica pertinente y estar registrada.

h) Cartografía registrada: es la realizada de acuerdo con las especificaciones técnicas y administrativas legalmente establecidas y que esté inscrita en el Registro cartográfico de Aragón o en el Registro central de cartografía de la Administración del Estado. Toda la cartografía oficial estará registrada.

i) Dato espacial: cualquier información que esté georreferenciada, es decir, que de forma directa o indirecta haga referencia a su localización concreta sobre la superficie terrestre mediante cualquier sistema objetivo.

j) Documentos informativos territoriales: son el conjunto de datos georreferenciados que permitan el análisis temático y estadístico del territorio y su representación cartográfica, gráfica o por cualquier otra técnica de visualización.

k) Geodesia: ciencia que estudia la forma y dimensiones de la Tierra, incluyendo la determinación del campo gravitatorio externo de la Tierra, la superficie del fondo oceánico y la orientación y posición de la Tierra en el espacio, siendo una parte fundamental de la geodesia la determinación de la posición de puntos sobre la superficie terrestre mediante coordenadas (latitud, longitud, altura) materializados por las redes geodésicas.

l) Geomática: disciplina que integra las geociencias con las tecnologías de la información y la comunicación, haciendo posible la captura, procesamiento, análisis, interpretación, almacenamiento, modelización, aplicación y difusión de información digital geoespacial o localizada, aplicable en los ámbitos de la ingeniería, el territorio y la sociedad.

m) Georreferenciación: técnica de posicionamiento espacial de una entidad en una localización geográfica única y bien definida en un sistema de coordenadas y datum específico.

n) Indicador territorial: Variable o conjunto de variables territoriales ponderadas que sirven para establecer el grado de desarrollo territorial sostenible de forma sintética desde el punto de vista estratégico o sectorial.

ñ) Índice sintético de desarrollo territorial: Indicador ponderado para conocer el nivel de desarrollo territorial de los municipios y comarcas aragonesas, con base a indicadores de situación de los distintos factores territoriales de desarrollo, y para evaluar el estado de la cohesión (equilibrio) territorial de la Comunidad Autónoma, tal como se establece en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón.

o) Información geográfica: es el conjunto de datos espaciales georreferenciados o geodatos necesarios como parte de acciones científicas, administrativas o legales.

p) Infraestructura de Conocimiento Espacial de Aragón (ICEARAGON): es el sistema informático integrado por un conjunto de recursos dedicados a gestionar la información geográfica, disponibles en Internet, que cumplen una serie de condiciones de interoperabilidad (normas, especificaciones, protocolos e interfaces) que permiten ser utilizados, combinados y relacionados según diferentes necesidades.

q) Interoperabilidad: es la capacidad de los sistemas de información y de los procedimientos a los que estos dan soporte de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento.

r) Metadatos: es una descripción estructurada sobre las características de un determinado dato, conjunto de datos o servicio geoespacial, en la que se incluyen detalles acerca del contenido, el organismo responsable, la calidad del mismo, las fechas asociadas, la extensión geográfica que cubre, su política de distribución, la frecuencia de actualización, así como las restricciones de seguridad legales que puedan existir sobre el mismo.

s) Normas técnicas de Información geográfica de Aragón: conjunto de normativa que regula la producción de información geográfica.

t) Red geodésica: es una serie de puntos de coordenadas conocidas y exactas, interconectados y distribuidos por la superficie terrestre formando una malla de triángulos. Constituyen los cimientos para el estudio teórico de la forma y figura de la Tierra.

u) Servicio geoespacial o geográfico: es el conjunto de operaciones web disponibles para el descubrimiento, búsqueda, visualización, análisis y transformación de datos espaciales.

v) Sistema de Información Geográfica (SIG): sistema de hardware, software y procedimientos elaborados para facilitar la obtención, gestión, manipulación, análisis, modelado, representación y salida de datos espacialmente referenciados, para resolver problemas complejos de planificación y gestión.

w) Sistema de Posicionamiento Global por satélite: sistema que permite posicionar cualquier objeto sobre la Tierra con una determinada precisión espacial medida.

x) Variable territorial: elemento de carácter estratégico o sectorial que permite realizar un análisis espacial sobre el territorio.