Articulo 3 Incorporación ...s de datos

Articulo 3 Incorporación de la Directiva 96/9/CE sobre la protección jurídica de las bases de datos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo tercero.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El artículo 21 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislati vo 1/1996, de 12 de abril, tendrá la siguiente redacción:

«Artículo 21. Transformación.

1. La transformación de una obra comprende su traducción, adaptación y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente.

Cuando se trate de una base de datos a la que hace referencia el artículo 12 de la presente Ley se considerará también transformación, la reordenación de la misma.

2. Los derechos de propiedad intelectual de la obra resultado de la transformación corresponderán al autor de esta última, sin perjuicio del derecho del autor de la obra preexistente de autorizar, durante todo el plazo de protección de sus derechos sobre ésta, la explotación de esos resultados en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública o nueva transformación.»