Articulo 3 Impuesto sobre sociedades -derogada con excepciones-
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»Artículo 3. Tratados y convenios.
Vigente
Lo establecido en la presente Ley se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados y convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno, de conformidad con el artículo 96 de la Constitución Española.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas y otras Normas Tributarias.
(BOE de 10-12-1998) en vigor desde 01-01-1999