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Articulo 3 Implantación del Sistema Informático de Gestión de Asistencia Jurídica Gratuita -TEMISA-

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Artículo 3. Seguridad del Sistema.

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El Sistema Informático de Gestión de Asistencia Jurídica Gratuita (TEMISA) verificará la integridad del contenido y autenticidad del origen respecto de los documentos electrónicos incorporados al mismo a los efectos de lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, sin perjuicio de otras validaciones que al respecto pudiera determinar la Consejería competente en materia de justicia.

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  • Texto Original. Publicado el 02-01-2014 en vigor desde 03-01-2014