Articulo 3 homogeneización de medios técnicos de los Cuerpos de la Policía Local
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»Artículo 3. Signos externos de identificación.
Vigente
1. Los signos externos de identificación de los vehículos automóviles policiales de dotación de los Cuerpos de la Policía Local, serán los siguientes.
a) Emblema reglamentario de la Policía Local.
b) Escudo o identidad del Municipio.
c) Banda tipo damero.
d) Bandas reflectantes.
2. Podrán utilizarse leyendas especiales, tales como «092» y/o denominación de la unidad.