Articulo 3 Gestión del Fondo de cohesión sanitaria.
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»Artículo 3. Asistencia sanitaria.
Vigente
La asistencia sanitaria a que se refiere este real decreto es la contemplada en el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud, definido en la Ley 16/2003, y desarrollado por el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. Asimismo incluye la asistencia sanitaria realizada en concepto de uso tutelado.
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto 207/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen las condiciones del uso tutelado de tecnicas, tecnologias y procedimientos sanitarios y se modifica el Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestion del Fondo de cohesion sanitaria.
(BOE de 16-03-2010) en vigor desde 17-03-2010