Articulo 3 Funcionamiento de servicios residenciales, de día y ambulatorios de l...s e inclusión social
Articulo 3 Funcionamiento de servicios residenciales, de día y ambulatorios de las áreas de mayores, discapacidad, trastorno mental, atención a menores e inclusión social
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»Artículo 3. Competencia.
Vigente
El departamento competente en materia de servicios sociales ejercerá las funciones de concesión, mantenimiento y revocación de la autorización, así como para la comunicación previa, para la prestación de servicios, en el ámbito de los servicios sociales, en la Comunidad Foral de Navarra.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-2020 en vigor desde 17-03-2021