Articulo 3 Función pública vasca -Derogada-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 3.
Vigente
El personal al servicio de las Administraciones Públicas Vascas, incluido en el ámbito de aplicación de esta Ley, se integra por:
Funcionarios de carrera.
Funcionarios interinos.
Personal eventual.
Personal laboral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-07-1989 en vigor desde 29-07-1989