Articulo 3 Fondos del mercado monetario
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»Artículo 3. Tipos de FMM
Vigente
1. Los FMM se crearán conforme a uno de los siguientes tipos:
a) | FMM de valor liquidativo variable; |
b) | FMM de valor liquidativo constante de deuda pública, o |
c) | FMM de valor liquidativo de baja volatilidad. |
2. En la autorización de un FMM se explicitará de qué tipo de FMM se trata según la clasificación del apartado 1.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-06-2017 en vigor desde 20-07-2017