Articulo 3 Financiación Incondicionada para las Entidades Locales Autónomas
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»Tercero. Habilitación.
Vigente
Se autoriza al centro directivo competente en materia de Administración Local para que, en relación con lo establecido en la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, y con lo contemplado en esta orden, dicte las instrucciones y resoluciones que sean necesarias para la ejecución y cumplimiento de la misma.