Articulo 3 Disolución del Parlamento y convocatoria de elecciones
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»Artículo 3. Diputados y Diputadas que corresponden a cada circunscripción.
Vigente
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la Ley Electoral de Andalucía, el número de Diputados y Diputadas a elegir en cada circunscripción es el siguiente:
Circunscripción | Diputados y Diputadas |
Almería | Doce |
Cádiz | Quince |
Córdoba | Doce |
Granada | Trece |
Huelva | Once |
Jaén | Once |
Málaga | Diecisiete |
Sevilla | Dieciocho |