Articulo 3 Derecho al vot...de Galicia

Articulo 3 Derecho al vota de loas personas trabajadoras por cuenta ajena en las elecciones al Parlamento de Galicia

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Artículo 3. Permiso para votar por correo

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En el supuesto de personas trabajadoras por cuenta ajena que hayan previsto que en la fecha de la votación no van a estar en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho al voto, o que non puedan ejercer el derecho de sufragio el día de las elecciones, dispondrán en su horario laboral de hasta cuatro horas libres, de igual manera que lo establecido en el artículo anterior, para que puedan formular personalmente la solicitud del certificado de inscripción en el censo, así como para efectuar la remisión del voto por correo.