Articulo 3 Cuerpo de Agentes Forestales
Artículo 3. Estructura del Cuerpo de Agentes Forestales.
El cuerpo de Agentes Forestales se estructura en una sola línea jerárquica en las siguientes Escalas y Categorías:
a) Escala Técnica, con funciones de dirección y coordinación, sin perjuicio de las que reglamentariamente de determinen.
La Escala Técnica comprende las categorías de:
1.o Técnico Superior Agente Forestal, con funciones de dirección y coordinación operativa y técnica de nivel superior.
2.o Técnico Medio Agente Forestal, con funciones de dirección y coordinación operativa y técnica de nivel intermedio.
La categoría de Técnico Superior Agente Forestal se clasifica en el Grupo A, Subgrupo A1, y la categoría de Técnico Medio Agente Forestal se clasifica en el Grupo A, subgrupo A2.
b) Escala Operativa, que comprende la Categoría de Agente Forestal, clasificada en el Grupo C, subgrupo C1.
c) Las categorías adscritas a la Escala Técnica y Escala Operativa antes referidas comprenderán los puestos de trabajo que en su caso se determinen en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.
d) Reglamentariamente podrán crearse las especialidades que el Cuerpo de Agentes Forestales requiera para su mejor funcionamiento.
- Artículo modificado por Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid
(BOCM de 22-12-2022) en vigor desde 23-12-2022