Articulo 3 Condiciones de contratación en el sector lácteo
Artículo 3. Obligatoriedad de suscripción de contratos y ofertas de contrato en el sector lácteo.
1. Todos los suministros de leche cruda que tengan lugar en el Reino de España de un productor a un transformador serán objeto de contratos escritos entre las partes en los términos establecidos en este real decreto.
2. Asimismo, en el caso de que dicho suministro se realice a través de uno o más intermediarios, cada etapa de la venta será objeto de contrato escrito entre las partes en los términos establecidos en este real decreto.
3. Adicionalmente, los primeros compradores deben presentar, con anterioridad a la firma del contrato, una oferta por escrito a los productores, en los términos establecidos en el artículo 4.
4. Los anteriores apartados serán también de aplicación a las entregas de leche de productores titulares de explotaciones situadas fuera del territorio español a primeros compradores que tengan su sede de la efectiva dirección en el territorio español.
5. Igualmente serán de aplicación los anteriores apartados a los suministros de leche cruda de compradores situados fuera del territorio español a compradores que tengan su sede de la efectiva dirección en territorio español.
Por el contrario, los suministros a compradores situados fuera del territorio español estarán sujetos a la normativa nacional propia del territorio en el que se realice la compra.
- Artículo modificado por Real Decreto 374/2022, de 17 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 95/2019, de 1 de marzo, por el que se establecen las condiciones de contratación en el sector lácteo y se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y de las organizaciones interprofesionales en el sector, y por el que se modifican varios reales decretos de aplicación al sector lácteo, y el Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por los primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra.
(BOE de 18-05-2022) en vigor desde 19-05-2022