Articulo 3 Completa el Re...siliencia-

Articulo 3 Completa el Reglamento (UE) 2021/241 -cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia-

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Artículo 3

Vigente

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El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2021.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1) DO L 57 de 18.2.2021, p. 17.

(2) Reglamento Delegado (UE) 2021/2105 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2021, que completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante la determinación de una metodología para informar sobre los gastos sociales (véase la página 79 del presente Diario Oficial).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2021 en vigor desde 02-12-2021