Articulo 3 Comercio de Aragón

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Artículo 3.- Principios generales.

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La actividad comercial en Aragón se ejercerá en el marco del respeto a los siguientes principios.

a) Libertad de empresa en el marco de la economía de mercado.

b) Respeto de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios.

c) Libre circulación de mercancías dentro del territorio español y comunitario.

d) Libertad de establecimiento y de prestación de servicios.

e) Protección y conservación del medio ambiente.

f) Protección del patrimonio histórico, artístico y cultural aragonés.

g) El desarrollo territorial equilibrado y sostenible de las actividades comerciales en el ámbito de Aragón.

h) La promoción de la igualdad de oportunidades y la formación técnica y profesional de las personas comerciantes y trabajadores del sector comercial, así como el respeto a los derechos laborales en general y a las normas en materia de prevención de riesgos laborales en particular.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015