Articulo 3 Código tributario de Cataluña
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»Artículo 3. Numeración de los artículos
Vigente
Los artículos del Código tributario llevan dos números separados por un guion, salvo las disposiciones adicionales, transitorias y finales. El primer número está formado por tres cifras, que indican respectivamente el libro, el título y el capítulo. El segundo número corresponde a la numeración continua que, empezando por el 1, se atribuye a cada artículo dentro de cada capítulo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017