Articulo 3 Carreteras de C Valenciana

Articulo 3 Carreteras de C. Valenciana

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Artículo 3. Denominación.

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1. El sistema viario esta compuesto por las siguientes clases de vías:

  1. Carreteras, considerando como tales las vías de dominio y uso público proyectadas y construidas, fundamentalmente, para la circulación de vehículos automóviles, sin menoscabo de la debida consideración que en cada caso requerirán otros modos de transporte, como el peatonal.

  2. Los caminos de dominio público de cualquier clase aptos, al menos, para el tránsito rodado.

2. No forman parte del sistema viario las vías urbanas, siempre que tales vías no tengan la condición legal de travesía ni formen parte de una red urbana o metropolitana de acuerdo con el catálogo del sistema viario.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-04-1991 en vigor desde 25-04-1991