Articulo 3 caracteristicas Directriz básica de planificación de protección civil...incendios forestales
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Articulo 3 caracteristicas Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales

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3.1 Características básicas.

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A los efectos de la presente directriz se consideran los siguientes niveles de planificación: Estatal, de Comunidad Autónoma y de ámbito local.

Para asegurar una respuesta eficaz en la protección de personas y bienes, ante situaciones de emergencia originadas por incendios forestales, en las que pueda entrar en juego el interés nacional, se requiere que los planes elaborados en los niveles aludidos dispongan de los órganos y procedimientos de coordinación que hagan posible su integración en un conjunto plenamente operativo y susceptible de una rápida aplicación.

Por otra parte, habrán de preverse las relaciones funcionales precisas entre las organizaciones de los planes de distinto nivel, al objeto de facilitar la colaboración y asistencia mutua entre las mismas, en aquellos casos en que resulte necesario.

Formarán parte asimismo de esta estructura general los planes de autoprotección que frente a este riesgo sean elaborados por diferentes entidades, públicas o privadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-12-2013 en vigor desde 08-12-2013