Articulo 3 Aplicación y desarrollo de la Ley de simplificación administrativa
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Articulo 3 Aplicación y desarrollo de la Ley de simplificación administrativa

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Artículo 3. Aplicación ex lege del régimen de silencio positivo.

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En los procedimientos a continuación relacionados regulados por norma reglamentaria, resulta de aplicación, por disposición de la ley, el régimen de silencio positivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa:

a) En el ámbito de la violencia de género y por actos terroristas:

1.º Indemnización por daños personales a víctimas y afectados por actos terroristas, regulada en el Decreto 89/2014, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de Medidas a favor de las víctimas del terrorismo.

2.º Ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género, reguladas en la Orden, de 26 de junio de 2006, del Departamento de Servicios Sociales y Familia, por la que regula el procedimiento administrativo para la concesión de ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género.

3.º Ayudas económicas complementarias para víctimas de violencia reguladas en el Decreto 19/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones económicas complementarias para víctimas de violencia.

b) En el ámbito del buceo profesional y protección civil:

1.º Autorización de apertura de centros de formación de buceador profesional regulada en el Decreto 149/2004, de 8 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los requisitos que habilitan para el ejercicio de buceo profesional, y en la Orden, de 22 de octubre de 2008, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se establecen los medios materiales y humanos que deben reunir los centros que deseen impartir cursos de formación de buceo profesional de pequeña profundidad.

2.º Convalidación de títulos, tarjetas, libros y demás acreditaciones relativas al buceo profesional reguladas en el Decreto 149/2004, de 8 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen los requisitos que habilitan para el ejercicio de buceo profesional, y en la Orden, de 22 de octubre de 2008, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se regula el sistema de convalidaciones de títulos, tarjetas, libros y demás acreditaciones relativas al buceo profesional.

3.º Expedición del libro de actividades subacuáticas y la identificación personal de buceador profesional regulada en la Orden, de 22 de octubre de 2008, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se aprueba y regula el Libro de Actividades Subacuáticas y la Identificación Personal de Buceador Profesional.

4.º Inscripción en el Registro Administrativo de Títulos y Centros de Formación de Buceo Profesional, regulada en la Orden, de 22 de octubre de 2008, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se regula el régimen de actividad, organización y funcionamiento del Registro Administrativo de Títulos y Centros de Formación de Buceo Profesional.

5.º Inscripción en el Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil, regulada en el Decreto 204/2017, de 19 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y el funcionamiento de las agrupaciones de voluntarios de protección civil de Aragón.

c) En materia de economía:

1.º Compensaciones económicas a los árbitros en relación con la inaplicación de las condiciones de trabajo de los convenios colectivos reguladas en la Orden, de 22 de diciembre de 2014, del Consejero del Departamento de Economía y Empleo, por la que se regulan las compensaciones económicas a los árbitros designados por el Consejo de Relaciones Laborales de Aragón en relación con la inaplicación de las condiciones de trabajo de los convenios colectivos.

2.º Compensaciones económicas a árbitros de elecciones sindicales reguladas en el Decreto 3/2017, de 18 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las compensaciones económicas a los árbitros designados para resolver las impugnaciones en materia de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa y del personal al servicio de la Administración.

d) En materia de servicios sociales y consumo:

1.º Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad regulada por la Orden, de 13 de noviembre de 2019, del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

2.º Acreditación como asociación promotora de programas de estancia temporal de menores extranjeros, regulada en el Decreto 190/2008, de 7 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de protección de menores en situación de riesgo o desamparo.

3.º Otorgamiento del distintivo de calidad de consumo, regulado en el Decreto 150/2016, de 11 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los servicios de atención a consumidores y usuarios, de las hojas de reclamaciones, y por el que se crea el distintivo de calidad de consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón.

e) En materia de agricultura:

1.º Inscripción en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación regulada por Decreto 15/2011, de 25 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Reglamento de las Sociedades Agrarias de Transformación en Aragón.

2.º Autorización para el uso de la marca de garantía "Producción integrada Aragón", regulada en el Decreto 223/2002, de 25 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula y fomenta la producción integrada de vegetales.

f) En materia de sanidad y salud pública:

1.º Integración en la Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de Salud, regulada mediante Orden, de 8 de mayo de 1996, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, por la que se crea la Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de la Salud.

2.º Acreditación de centros educativos como escuelas promotoras de salud, regulada mediante Orden del departamento competente en materia de salud por la que se establece la convocatoria de acreditación de centros educativos como escuelas promotoras de salud.

3.º Declaraciones de interés sanitario reguladas en la Orden, de 21 de abril de 2006, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regulan las declaraciones de interés sanitario de determinadas actividades.

4.º Autorización de botiquines farmacéuticos, regulada por Decreto 197/2009, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica, en materia de Oficinas de Farmacia y Botiquines.

5.º Autorización de establecimientos sanitarios, ópticas, ortopedias y audioprótesis, regulada por Decreto 24/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento que regula la autorización de los establecimientos sanitarios dedicados a las actividades de óptica, ortopedia y audioprótesis en Aragón.

6.º Autorización de depósitos de medicamentos en centros sanitarios, regulada en el Decreto 286/2003, de 18 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Farmacia Hospitalaria y los depósitos de medicamentos.

7.º Autorización de depósitos de medicamentos en centros sociales, regulada por Decreto 92/2019, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la atención farmacéutica en los centros sociales de Aragón y se establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma.

8.º Autorización de servicios de farmacia en centros sanitarios y sociales, regulada en el Decreto 92/2019, de 27 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la atención farmacéutica en los centros sociales de Aragón y se establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma y el Decreto 286/2003, de 18 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Farmacia Hospitalaria y los depósitos de medicamentos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-05-2022 en vigor desde 27-08-2022