Articulo 299 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca
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»Artículo 299. Inicio del procedimiento de restablecimiento
Vigente
La resolución de inicio del procedimiento de restablecimiento, indicada en el artículo 188.2 de la LUIB, tiene que incluir también el plazo máximo para ejecutar la orden de restablecimiento.