Articulo 298 Agraria
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»Artículo 298. Objeto.
Vigente
Al amparo del presente capítulo, se regula el procedimiento electoral para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas, con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 6/2016, de 24 de junio, de modificación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, agraria de Extremadura.
(DOE de 28-06-2016) en vigor desde 29-06-2016