Articulo 294 Ordenación d... Cantabria

Articulo 294 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria

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Artículo 294. Responsabilidad por incumplimiento.

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1. La resolución de un convenio por causas imputables al incumplimiento de una de las partes dará lugar a las responsabilidades fijadas en sus estipulaciones.

2. En defecto de previsión específica en el texto del convenio, en caso de incumplimiento del particular, la Administración actuante tendrá derecho a ser resarcida de los daños y perjuicios imputables a aquel que se puedan pericialmente probar. Si el incumplimiento fuera debido a la Administración, se estará a lo dispuesto en la legislación estatal sobre la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-07-2022 en vigor desde 22-09-2022