Articulo 29 TR de disposiciones legales vigentes dictadas por Canarias en materia de tributos cedidos
Articulo 29 TR. de disposiciones legales vigentes dictadas por Canarias en materia de tributos cedidos
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»Artículo 29.- Base liquidable en el Impuesto sobre el Patrimonio.
Vigente
En el supuesto de obligación personal, la base liquidable del Impuesto sobre Patrimonio se reducirá, en concepto de mínimo exento, en 700.000 euros.
Modificaciones
- Modificación realizada (29) por LEY 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias.
(BOC de 10-11-2014) en vigor desde 11-11-2014 - Artículo modificado por LEY 11/2011, de 28 de diciembre, de medidas fiscales para el fomento de la venta y rehabilitación de viviendas y otras medidas tributarias.
(BOC de 30-12-2011) en vigor desde 31-12-2011