Articulo 29 Sindic de Greuges
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»Artículo 29. Gratuidad
Vigente
1. Las actuaciones del Síndic de Greuges son gratuitas para la persona interesada.
2. Para actuar ante el Síndic de Greuges no se precisa asistencia letrada ni representación procesal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2009 en vigor desde 31-12-2009