Articulo 29 Servicios sociales de Madrid -Derogada-
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Artículo 29. Estructura funcional del sistema de servicios sociales.

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1. El sistema público de servicios sociales se organiza en dos niveles, correspondientes a la Atención Social Primaria y a la Atención Social Especializada.

2. La relación entre ambos niveles responderá a criterios de complementariedad, de acción coordinada para la consecución de objetivos comunes o de actuación conjunta, con objeto de conseguir la continuidad en los itinerarios prestacionales que deban aplicarse desde los distintos tipos de servicios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2003 en vigor desde 15-04-2003