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Articulo 29 Sector Público Instrumental y Subvenciones

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Artículo 29. Evaluación de los programas

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1. Los responsables de los distintos programas de gasto formularán un balance de resultados y un informe de gestión relativo al cumplimiento de los objetivos fijados para ese ejercicio en el programa plurianual correspondiente a dicho centro gestor del gasto.

2. Las asignaciones presupuestarias a las distintas consellerias se efectuarán tomando en cuenta, entre otras circunstancias, el nivel de cumplimiento de objetivos en ejercicios anteriores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-02-2015 en vigor desde 12-03-2015