Articulo 29 Requisitos para garantizar la seguridad de redes y servicios 5G
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»Artículo 29. Facultades de inspección.
Vigente
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ejercerá en la aplicación y supervisión de lo establecido en este real decreto-ley todas las potestades de la función inspectora previstas en el título VIII de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-03-2022 en vigor desde 31-03-2022