Articulo 29 Reglamento de Residuos
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Artículo 29. Procedimiento de autorización de las operaciones e instalaciones de tratamiento de residuos.

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Tiempo de lectura: 4 min

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1. Las autorizaciones de tratamiento de residuos se integrarán en los procedimientos de autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada, en los casos en que dichas actividades estén sujetas a dichos procedimientos de prevención ambiental, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, y en el artículo 27.6 de la Ley 22/2011, de 28 de julio.

2. El procedimiento para obtener las autorizaciones de operaciones e instalaciones de tratamiento de residuos, se iniciará a instancia de la persona o entidad interesada mediante solicitud según modelo de los Anexos V y VI dirigida al órgano ambiental competente, con el siguiente contenido.

a) Contenido de la solicitud de autorización de las instalaciones de tratamiento de residuos:

1.º Identificación de la persona física o jurídica propietaria de la instalación.

2.º Ubicación de las instalaciones donde se llevarán a cabo las operaciones de tratamiento de residuos, identificadas mediante coordenadas geográficas.

3.º Un proyecto técnico, un proyecto de explotación y un proyecto de clausura, elaborados por personal técnico competente, cuyo contenido se ajuste a lo dispuesto en el artículo 38, cuando la persona solicitante disponga de instalaciones.

4.º La justificación de la solicitud, que incluirá la relación de residuos que se pretenden gestionar, su código LER, los procesos de gestión a aplicar a cada residuo o el destino final de los mismos y la capacidad máxima anual de gestión, cuando proceda.

5.º Presupuesto de los medios de que dispone la empresa para la gestión de los residuos.

6.º El plan de autoprotección certificado por personal técnico competente, sólo para instalaciones en las que se vayan a gestionar residuos peligrosos. Dicho plan será elaborado según el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que pueden dar origen a situaciones de emergencia, como justificación de la adopción de las medidas de seguridad exigidas para la actividad y de aquellas otras exigidas en la legislación sobre protección civil.

7.º En su caso, justificante del pago de la tasa correspondiente, en los términos legalmente establecidos.

8.º Memoria económica donde se ponga de manifiesto la viabilidad del proyecto.

9.º Documentación acreditativa del seguro y fianza exigibles, en el caso de residuos peligrosos o cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulan operaciones de gestión.

b) Contenido de la solicitud de autorización de las personas o entidades que realizan operaciones de tratamiento de residuos.

1.º Identificación de la persona o entidad que solicita llevar a cabo la actividad de tratamiento de residuos.

2.º Descripción detallada de las actividades de tratamiento de residuos que pretende realizar con inclusión de los tipos de operaciones previstas a realizar, incluyendo la codificación establecida en los Anexos I y II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, así como los códigos LER.

3.º Métodos que se utilizarán para cada tipo de operación de tratamiento, las medidas de seguridad y precaución y las operaciones de supervisión y control previstas.

4.º Capacidad técnica para realizar las operaciones de tratamiento previstas en la instalación.

5.º Documentación acreditativa del seguro y fianza exigible, en el caso de residuos peligrosos o cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulan operaciones de gestión.

3. El órgano ambiental competente para otorgar la autorización de gestión de residuos será la Dirección General con competencias en materia de residuos, cuando se trate de actividades de valorización o eliminación de residuos peligrosos que excedan del ámbito territorial de una provincia. En los demás casos será la Delegación Provincial de la Consejería con competencias en medio ambiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-04-2012 en vigor desde 26-05-2012