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Articulo 29 Reglamento de Régimen Interior de la CNMV

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Artículo 29. Funciones de los Directores de Departamento de las Direcciones Generales.

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Los Directores de Departamento de las Direcciones Generales tendrán las siguientes atribuciones:

a) Coordinar y supervisar las actividades que tienen atribuidas por este Reglamento de Régimen Interior.

b) Dirigir y organizar las unidades y servicios integrados en el Departamento correspondiente.

c) Formalizar y suscribir los documentos, informes y propuestas que correspondan al Departamento.

d) Analizar y seguir la evolución de los asuntos propios de su competencia.

e) Ejercer aquellas otras funciones que le atribuya este Reglamento de Régimen Interior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2019 en vigor desde 29-12-2019