Articulo 29 Reglamento General de la Ley de Salario Social Básico
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Artículo 29. Medidas en el ámbito psico-social y de la convivencia personal

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1. En el ámbito psico-social y de la convivencia personal, los programas personalizados de incorporación social, los proyectos de integración social, el Plan autonómico de inclusión social y, en su caso, los proyectos locales de inclusión social, desarrollarán acciones de capacitación en competencias personales y funcionales y en habilidades sociales vinculadas a actividades de la vida diaria, la estabilidad personal, el equilibrio en la convivencia y la participación social, en especial en su entorno de vida cotidiana.

Asimismo, se facilitará y promoverá la adquisición de habilidades y competencias digitales básicas para la identificación digital de las personas y la tramitación electrónica en general, de manera que se incremente su autonomía para realizar determinadas gestiones ante las Administraciones públicas o en su vida cotidiana.

2. Sin perjuicio de otras acciones que respondan adecuadamente a las finalidades mencionadas, podrán incluir las siguientes clases de actuaciones:

a) Información y orientación sobre servicios: facilitación de información y asesoramiento por medios adecuados a las circunstancias de las personas destinatarias para que éstas conozcan y sepan hacer uso de los servicios que normalmente se pueden obtener de las Administraciones, de la iniciativa social y de la red comunitaria.

b) Vivienda: participación preferente de los perceptores del salario social y de las personas en situación o riesgo de exclusión social en los programas de acceso a la vivienda. Acciones de información, orientación y otras que faciliten el acceso y la permanencia en una vivienda o alojamiento en condiciones adecuadas.

c) Apoyo psicológico y motivación personal: actividades de grupo o atención profesional personalizada con objeto de superar desestructuraciones y carencias personales y familiares de las personas destinatarias e incrementar la estabilidad y la motivación personal, el equilibrio en la convivencia y la integración psicológica y social. En su caso, y siempre que sea posible, estas actuaciones procurarán recuperar el apoyo de la familia.

d) Orientación familiar: acceso a servicios de orientación familiar para quienes sufran desestructuraciones y carencias en el ámbito familiar con el objeto de incrementar la estabilidad del entorno familiar y el equilibrio en la convivencia.

e) Inserción en actividades de colaboración cívica: fomento de la participación de las personas destinatarias en los proyectos de intervención de las entidades de voluntariado que actúan en los ámbitos social y cultural, medioambiental, de participación vecinal, ocio, emergencia y socorro y derechos humanos.

f) Atención a la discapacidad: ayuda para la adaptación del entorno y acciones que faciliten el desenvolvimiento autónomo y la integración social de las personas con discapacidad.

g) Reincorporación social de personas ex reclusas y menores: acciones de facilitación de la integración social de personas ex reclusas, ex internas en centros de menores y personas menores de edad acogidas en centros de protección, con especial atención a su inserción laboral, su participación en actividades de formación, su entorno social y sus posibilidades de acceso a una vivienda o alojamiento adecuado.

h) Reincorporación social de personas con enfermedad mental: acciones de facilitación de la integración y de la normalización de la convivencia social, procurando recabar el apoyo familiar y con especial atención a su inserción laboral.

i) Atención a víctimas de violencia de género o doméstica: servicios de acogida, apoyo psicológico, asesoramiento profesional y otras acciones que contribuyan a hacer efectivo el derecho a la protección integral de las víctimas de violencia de género o doméstica.

j) Reincorporación social de víctimas de violencia de género o doméstica: acciones de recuperación y de normalización de la convivencia social para quienes hayan sufrido alteraciones en ella como consecuencia de la violencia de género o doméstica, en particular, quienes se hayan visto en la necesidad de cambiar su lugar de residencia o su entorno habitual. Se atenderá en especial a su participación e integración en el entorno social, a su inserción laboral y a sus posibilidades de acceso a una vivienda o alojamiento adecuado.

k) Alfabetización digital: asesoramiento, formación, apoyo y acompañamiento a las personas en la tramitación electrónica de prestaciones ante las Administraciones públicas, así como para la adquisición de competencias digitales para las gestiones de su vida cotidiana.