Articulo 29 Plan General de Ordenación Forestal
Artículo 29. Directrices.
El Plan Forestal de Demarcación establecerá al suficiente nivel de detalle y definición física para la toma de decisiones, las directrices de uso y directrices para una gestión forestal sostenible a escala comarcal sobre, al menos los siguientes aspectos:
Conservación y mejora del medio natural y la biodiversidad.
Defensa forestal contra riesgos.
Restauración del medio natural.
Selvicultura y aprovechamientos forestales en el marco de la ordenación multicriterio de los espacios forestales.
Control y seguimiento de la gestión forestal
Fomento de la información y educación ambiental
Ordenación del uso recreativo, educativo, social y deportivo en los espacios forestales.
Fomento de participación y corresponsabilización de todos los actores forestales en la gestión.