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Articulo 29 Memoria democrática y para la convivencia

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Artículo 29. Reconocimiento del movimiento memorialista

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1. Las entidades memorialistas contribuyen a la concienciación social para la preservación de la memoria democrática valenciana y a la defensa de los derechos de las víctimas.

2. Las entidades memorialistas son reconocidas por esta ley como titulares de intereses legítimos colectivos de las víctimas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 13-12-2017