Articulo 29 Memoria democ... de Aragón

Articulo 29 Memoria democrática de Aragón

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Artículo 29. Difusión.

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1. La información relativa a la memoria democrática de Aragón se incluirá en un portal web, de forma que la ciudadanía pueda acceder a información de utilidad en su demanda de derechos relacionados con la memoria democrática, o que obre en poder de las administraciones públicas aragonesas en relación con el objeto de esta ley.

2. Serán accesibles por vía electrónica todos los instrumentos relacionados con la memoria que se contemplan en esta ley, con el único límite que fije la protección de datos de carácter personal.

3. El Censo de memoria democrática de Aragón se incluirá en dicho portal, de conformidad con lo establecido en la legislación en materia de protección de datos de carácter personal.