Articulo 29 Mediación familiar de C León
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Artículo 29. Procedimiento.

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El ejercicio de la potestad sancionadora se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el Reglamento regulador del procedimiento sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 189/1994, de 25 de agosto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2006 en vigor desde 19-10-2006