Articulo 29 Máquinas
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»Artículo 29. Obligación de información de las autoridades notificantes
Vigente
Los Estados miembros informarán a la Comisión de sus procedimientos de evaluación y notificación de organismos de evaluación de la conformidad y de supervisión de los organismos notificados, así como de cualquier cambio en estos.
La Comisión hará pública esa información.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2023 en vigor desde 19-07-2023