Articulo 29 Ley derogada ...ompetencia

Articulo 29 Ley derogada de Defensa de la competencia

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Articulo veintinueve.- Sanciones por incumplimiento del deber de suministro de datos

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(DEROGADO)

1. Toda persona natural o jurídica queda sujeta al deber de colaboración con el Tribunal de Defensa de la Competencia, y está obligada a proporcionar a requerimiento de éste toda clase de datos e informaciones necesarias para la aplicación de esta Ley.

2. El Tribunal de Defensa de la Competencia podrá imponer multas de hasta 1.000.000 de pesetas a las personas físicas y jurídicas, quienes, deliberadamente o por negligencia, no le suministren datos o información o lo hagan de manera incompleta o inexacta.

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