Articulo 29 Ley 50/1980 de 8 de Oct

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Artículo veintinueve.

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Si por pacto expreso las partes convienen que la suma asegurada cubra plenamente el valor del interés durante la vigencia del contrato, la póliza deberá contener necesariamente los criterios y el procedimiento para adecuar la suma asegurada y las primas a las oscilaciones del valor de interés.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-10-1980 en vigor desde 17-04-1981