Articulo 29 Inclusión social

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Artículo 29. Duración del tramo de inserción y del convenio de inclusión sociolaboral

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La duración del tramo de inserción y, en consecuencia, del itinerario descrito en el convenio de inclusión sociolaboral con compromiso de actividad será como máximo de doce meses, prorrogable por seis meses más en función del cumplimiento de los objetivos hasta un máximo total de dieciocho meses, sin perjuicio de la suscripción de un nuevo convenio de inclusión sociolaboral en el supuesto de que, a juicio de los técnicos o de las técnicas del Servicio Público de Empleo de Galicia, sea preciso potenciar la empleabilidad de las personas beneficiarias que no hubiesen accedido al tramo de transición.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2013 en vigor desde 01-01-2014