Articulo 29 Hacienda y Sector Público
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Artículo 29. Disposiciones interpretativas en materia tributaria.

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En el ámbito de las competencias de la Comunidad de Castilla y León, el titular de la Consejería de Hacienda podrá dictar disposiciones interpretativas o aclaratorias de las leyes y demás normas en materia tributaria. Estas disposiciones serán de obligado cumplimiento para todos los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad y se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006