Articulo 29 Fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética
Artículo 29. Control administrativo y organismos colaboradores en materia de energías renovables, ahorro y eficiencia energética.
1. La Consejería competente en materia de energía podrá comprobar en cualquier momento, por sí misma o a través de organismos colaboradores, el cumplimiento de la normativa en materia de energías renovables, ahorro y eficiencia energética.
2. Los organismos colaboradores en materia de energías renovables, ahorro y eficiencia energética serán personas naturales o jurídicas, con capacidad de obrar, con la función de verificar el cumplimiento de las obligaciones que se establezcan por esta Ley y su normativa de desarrollo.
3. Las certificaciones o actas de inspección y comprobación de los organismos colaboradores en materia de energías renovables, ahorro y eficiencia energética tendrán valor probatorio.
4. Los requisitos, régimen de funcionamiento y procedimiento de inicio de actividades en Andalucía de los organismos colaboradores en materia de energías renovables, ahorro y eficiencia energética se establecerán reglamentariamente.
5. Los organismos colaboradores en materia de energías renovables, ahorro y eficiencia energética deberán tener cubierta la responsabilidad civil que pueda derivarse de sus actuaciones mediante una póliza de seguros u otra garantía equivalente, cuya cuantía y actualización se determinarán reglamentariamente, sin que dicha cuantía limite la citada responsabilidad.
- Modificación realizada (Artículo 29) por Ley 3/2010, de 21 de mayo, por la que se modifican diversas leyes para la transposicion en Andalucia de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el Mercado Interior.
(BOE de 22-06-2010) en vigor desde 28-06-2010 - Artículo modificado por Decreto-ley 3/2009, de 22 de diciembre, por el que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
(BOJA de 24-12-2009) en vigor desde 27-12-2009