Articulo 29 Economía Social

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Artículo 29. Funcionamiento.

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1. El Consejo funcionará en Pleno y a través de comisiones de trabajo.

2. Corresponde al Pleno el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 26, aprobar las normas de régimen interno, constituir comisiones de trabajo y cualesquiera otras funciones que resulten precisas para el cumplimiento de sus objetivos.

3. Podrán crearse comisiones de trabajo para el estudio de cuestiones concretas y la elaboración de informes y dictámenes. Su creación y extinción se acordarán expresamente por el Pleno.

4. El Pleno del Consejo se reunirá en sesión ordinaria dos veces al año y, en sesión extraordinaria, cuando así sea convocado por la Presidencia a iniciativa propia o a petición de, al menos, ocho vocales.

Para la válida constitución, a efectos de la celebración de las sesiones plenarias, se requerirá la asistencia de las personas que ostenten la Presidencia y Secretaría, o de quienes las sustituyan, y de la mitad, al menos, de los restantes integrantes.

5. El Pleno adoptará los acuerdos, cuando así proceda, por mayoría de los votos válidamente emitidos por los presentes en la sesión. Quienes mantengan una posición distinta de la mayoritaria podrán expresar su voto reservado o su opción discrepante, que se recogerá en el acta junto con la decisión mayoritaria.

6. El funcionamiento del Consejo se ajustará a lo dispuesto en la presente Ley, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y se complementará con las normas de régimen interno aprobadas por el Pleno del Consejo.

En todo caso, a las reuniones del Pleno o de las comisiones de trabajo podrán asistir, sin derecho a voto, una persona asesora por cada una de las entidades de la economía social, de la Administración de la Comunidad Autónoma, de los municipios de Aragón y de las universidades de Aragón, representadas en el Consejo Aragonés de la Economía Social, así como las personas que autorice el correspondiente órgano.