Articulo 29 Cooperación y desarrollo sostenible
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»Artículo 29. Órganos competentes
Vigente
En cuanto a los órganos competentes para la imposición de sanciones en materia de ayudas o subvenciones, se estará a lo dispuesto en la normativa específica de la Generalitat en materia de hacienda pública y subvenciones.
Dichas atribuciones podrán ser objeto de delegación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-12-2017 en vigor desde 16-12-2017