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Articulo 29 Cooperación y desarrollo sostenible

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Artículo 29. Órganos competentes

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En cuanto a los órganos competentes para la imposición de sanciones en materia de ayudas o subvenciones, se estará a lo dispuesto en la normativa específica de la Generalitat en materia de hacienda pública y subvenciones.

Dichas atribuciones podrán ser objeto de delegación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2017 en vigor desde 16-12-2017