Articulo 29 Conservación ...tal (LECO)

Articulo 29 Conservación de espacios de relevancia ambiental (LECO)

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 29. Naturaleza y efectos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los planes rectores de uso y gestión desarrollan las directrices del Plan de ordenación de los recursos naturales y establecen la previsión de las actuaciones que deben llevarse a cabo, en particular las relativas a investigación, uso público y protección y mejora de los valores ambientales y promoción socioeconómica.

2. Los planes rectores de uso y gestión tienen carácter vinculante para las administraciones y los particulares y prevalecen sobre el planeamiento territorial y urbanístico. Cuando sus determinaciones son incompatibles con la normativa territorial y urbanística en vigor, esta última tiene que revisarse de oficio para adaptarla a las prescripciones del Plan de uso y gestión.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-06-2005 en vigor desde 05-06-2005