Articulo 29 ciencia

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Artículo 29. Presupuesto

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La elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de las universidades públicas y demás actuaciones con afectación sobre gastos e ingresos, sin perjuicio de los compromisos plurianuales, deben efectuarse de acuerdo con los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera legalmente establecidos.

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  • Texto Original. Publicado el 23-12-2022 en vigor desde 12-01-2023