Articulo 29 Básica de Cám...Navegación

Articulo 29 Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación

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Artículo 29. Director gerente.

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1. La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España podrá nombrar un director gerente con las funciones ejecutivas y directivas que se le atribuyan que deberá ser licenciado o titulado de grado superior. Este puesto estará sometido al régimen de contratación laboral.

2. Corresponderá al pleno el nombramiento y cese del director gerente, a propuesta del presidente y por acuerdo motivado adoptado por la mitad más uno de sus miembros.

3. Cuando no exista director gerente, las funciones del mismo serán asumidas por el secretario general.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-04-2014 en vigor desde 03-04-2014