Articulo 288 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca
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»Artículo 288. Auxilio de las fuerzas de seguridad
Vigente
La administración actuante puede solicitar en cualquier momento el auxilio de las fuerzas de seguridad para llevar a cabo la ejecución subsidiaria de la orden de reposición, utilizando sus propios efectivos o dirigiéndose a la autoridad de quien dependan.