Articulo 286 TR. Ley de Urbanismo
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»Artículo 286. Ejecución forzosa.
Vigente
El órgano que haya impuesto la sanción podrá proceder a la ejecución forzosa de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores mediante apremio sobre el patrimonio, cuando la resolución del expediente sancionador acuerde la imposición de una o varias multas y éstas no sean abonadas en periodo voluntario, siguiéndose el procedimiento establecido por las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía de apremio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-07-2014 en vigor desde 20-11-2014