Articulo 283 Reglamento g...e Mallorca

Articulo 283 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca

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Artículo 283. Alcance de la ejecución subsidiaria de la orden de reposición

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1. La ejecución subsidiaria de la orden de reposición siempre tiene que incluir la restitución al estado anterior a la comisión de la infracción, tanto de las edificaciones, de las construcciones o de las instalaciones como de los terrenos donde se ubican. Además, cuando se dé el supuesto del artículo 301.5 de este Reglamento, tendrá que implicar la demolición completa de la edificación, la construcción o la instalación.

2. En los suelos clasificados como rústicos, la restitución de los terrenos puede implicar, en su caso, que la administración realice trabajos de plantación y de conservación de la vegetación dirigidos a prevenir la erosión o los riesgos naturales, que las personas propietarias tienen que soportar sin derecho a indemnización por el tiempo que el proyecto técnico determine.

3. Las actuaciones de demolición se deben ajustar a la orden dictada por la administración, sin perjuicio de lo que dispone el apartado 2 del artículo 280 de este Reglamento, y sin perjuicio de la obligación de demoler completamente la edificación, construcción o instalación cuando se dé el supuesto del artículo 301.5 de este Reglamento aunque esta obligación no esté prevista expresamente en la orden dictada por la administración.

4. Cuando sobre un inmueble recaigan dos o más órdenes de reposición acordadas por la misma administración, su ejecución subsidiaria se puede hacer simultáneamente.