Articulo 28 TR. Ley de universidades
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»Artículo 28. Incompatibilidades.
Vigente
La condición de miembro del Consejo Social en representación de los intereses sociales será incompatible con la de miembro de la propia comunidad universitaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley Orgánica de Universidades.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-01-2013 en vigor desde 12-01-2013